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Derecho Corporativo

Creación de sociedades (SA de CV, SAS), diseño de actas de asamblea y blindaje legal para el crecimiento de su empresa. Estructuramos su negocio desde la base, asegurando que cumpla con todas las normativas para operar sin riesgos legales.

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Especialización Corporativa

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Constitución de empresas

Asesoría integral en la creación de tu empresa: elección del tipo de sociedad, redacción de estatutos, trámites ante el SAT y constitución ante notario público.

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Protección intelectual

Registro de marcas, avisos comerciales, patentes, derechos de autor y franquicias ante el IMPI para proteger tu propiedad intelectual e industrial.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

La S.A. de C.V. es la más común para empresas medianas y grandes. La S. de R.L. de C.V. es flexible y popular para negocios familiares o con pocos socios. Para proyectos pequeños, la empresa unipersonal (SAPI o persona física con actividad empresarial) puede ser suficiente. La elección depende de socios, capital, responsabilidad y fiscalidad.

Con la documentación completa, entre 2 y 6 semanas ante notario. El proceso incluye: elaboración de estatutos, permiso de la SRE, escritura notarial, inscripción en el SAT y en el Registro Público de Comercio. Hoy también existe la SAS (Sociedad por Acciones Simplificada) que puede constituirse en línea en horas.

Contrato de trabajo o prestación de servicios con colaboradores, acuerdo de confidencialidad (NDA), contratos con clientes y proveedores, y el pacto de accionistas si hay más de un socio. Tener estos documentos previene la mayoría de los conflictos empresariales.

Registrándola ante el IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial). El registro otorga uso exclusivo por 10 años renovables. Antes de invertir en branding, es fundamental verificar que el nombre no esté ya registrado.

Es una revisión legal, fiscal y financiera profunda de una empresa antes de adquirirla, invertir en ella o fusionarse. Permite identificar pasivos ocultos, litigios pendientes, problemas de propiedad intelectual o irregularidades corporativas.

Depende de los estatutos y el pacto de accionistas. En general, el socio puede ceder o vender sus participaciones, pero otros socios pueden tener derecho de tanto (preferencia de compra). Sin un pacto claro, la salida puede volverse litigiosa y costosa.

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