Derecho Fiscal
Consultoría y defensa técnica especializada ante actos de fiscalización por parte del SAT, IMSS, INFONAVIT y Secretarías de Finanzas. Protegemos su patrimonio mediante la impugnación de multas, créditos fiscales y auditorías, garantizando el cumplimiento legal de su empresa.
Especialización Fiscal
Litigio vs créditos fiscales y actos de autoridad
Defensa estratégica contra determinaciones de crédito fiscal de autoridades estatales y federales.
Atención de visitas domiciliarias y revisiones
Acompañamiento legal en auditorías presenciales, de gabinete y procedimientos electrónicos.
Cartas Invitación y Oficios de revisión
Respuesta y gestión de comunicados preventivos y revisiones profundas de la autoridad.
Acuerdos Conclusivos ante la PRODECON
Mediación y resolución alterna de conflictos fiscales a través de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
Debe contactar de inmediato a un abogado fiscal. Tiene derechos durante la visita domiciliaria: puede nombrar representante legal, revisar las credenciales del auditor y solicitar que todo se documente. Actuar a tiempo evita sanciones innecesarias.
En general, 30 días hábiles para interponer el recurso de revocación ante el SAT, o 45 días para acudir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Los plazos varían según el tipo de acto, por lo que es crucial consultar de inmediato.
Es un medio de defensa que se presenta ante la misma autoridad que emitió el acto. Conviene cuando se busca rapidez y los argumentos son principalmente de forma o procedimiento. Si hay cuestiones de fondo complejas, puede ser preferible ir directamente al Tribunal.
Sí. El SAT tiene esquemas de reducción y condonación de multas bajo ciertos supuestos, especialmente cuando el contribuyente actúa de buena fe y regulariza su situación. También existe la posibilidad de convenios de pago en parcialidades.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente es un organismo que defiende gratuitamente a los contribuyentes frente al SAT. Puede mediar, representarte y asesorarte. Nosotros complementamos su actuación con estrategia legal de fondo.
Sí, el SAT puede ejecutar un embargo por créditos fiscales firmes. Sin embargo, existen recursos legales para suspender la ejecución mientras se impugna la deuda. La clave es actuar antes de que el crédito quede firme.
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